Creative Commons es una organización sin ánimo de lucro dedicada a promover el acceso y el intercambio de cultura. Vamos a ver cómo podemos gestionar los derechos de autor y las licencias de Creative Commons en colegios.
Los instrumentos jurídicos desarrollados por la organización consisten en un conjunto de “modelos de contratos de licenciamiento” o licencias de derechos de autor (licencias Creative Commons o licencias CC) que ofrecen a quien crea una obra una manera simple y estandarizada de otorgar permiso al público para compartir y usar su trabajo creativo bajo los términos y condiciones de su elección. En este sentido, las licencias Creative Commons permiten cambiar fácilmente los términos y condiciones de derechos de autor de la obra, de “todos los derechos reservados” a “algunos derechos reservados”.
Las licencias Creative Commons no reemplazan a los derechos de autor, sino que se apoyan en estos para permitir elegir los términos y condiciones de la licencia de una obra de la manera que mejor satisfaga a quien es titular de los derechos. Por tal motivo, estas licencias se han interpretado como una forma de tomar el control para compartir la propiedad intelectual.
Resumiendo, las licencias Creative Commons están dentro de los limites de la ley de propiedad intelectual y permiten que un conjunto de contenido pueda ser copiado, distribuido, editado, remezclado y desarrollado.
Estas son las 6 tipos de licencias:
Atribución
Permite distribuir, remezclar, adaptar y desarrollar su trabajo, incluso comercialmente, siempre que se reconozca su autoría. Esta es la licencia más flexible que se ofrece.
2. Atribución y mismos términos
Esta licencia permite remezclar, adaptar y desarrollar el trabajo incluso con fines comerciales, siempre que se reconozca su autoría y concedan licencias para sus nuevas creaciones bajo los mismos términos. A menudo se compara con las licencias de software libre y de código abierto “copyleft”.
3. Atribución sin obras derivadas
Esta licencia permite a otros reutilizar la obra para cualquier fin, incluso comercial; sin embargo, no se puede compartir con otros en forma adaptada y se debe reconocer su autoría.
4. Atribución sin fines comerciales
Esta licencia permite a otros remezclar, adaptar y desarrollar su trabajo de manera no comercial, y aunque sus nuevos trabajos también deben reconocer su autoría y no ser comerciales, no tienen que licenciar sus trabajos derivados en los mismos términos.
5. Atribución sin fines comerciales ni obras derivadas
Esta licencia permite a otros remezclar, adaptar y desarrollar su trabajo sin fines comerciales, siempre y cuando reconozcan su autoría y concedan licencias para sus nuevas creaciones bajo los mismos términos.
6. Atribución sin fines comerciales con los mismos términos
Esta licencia es la más restrictiva de las seis licencias principales, sólo permite que otros puedan descargar las obras y compartirlas con otras personas, siempre que se reconozca su autoría, pero no se pueden cambiar de ninguna manera ni se pueden utilizar comercialmente.
Para resolver dudas sobre derechos de autor podéis visitar el Observatorio de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, tanto como consumidores como parte del profesorado en centros educativos.
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